TEPJF ordena quitar spot de AMLO por no promocionar a Delfina Gómez

En sesión privada, el pleno del TEPJF determinó la suspensión de la transmisión de un promocional del partido Morena, en sus versiones para radio y televisión, toda vez que no cumple con los objetivos para los cuales se otorga el tiempo del Estado a los partidos políticos.

 

A través de un comunicado, el Tribunal Electoral federal detalló que el spot también carece de la oferta política o la plataforma que impulsa la maestra Gómez.

 

En resolución del SUP-REP-58/2017, promovido por el PRI, las magistradas y magistrados refirieron que el modelo de comunicación política establece bases y directrices que deben seguirse en el uso de los tiempos oficiales en radio y televisión, que se conceden a los partidos políticos para su promoción permanente y la relativa a los procesos electorales.

Destacaron que el artículo 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y el 256 del Código Electoral del Estado de México establecen que las campañas electorales son el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que, durante la campaña electoral, producen y difunden los partidos políticos, los candidatos registrados y sus simpatizantes, con el propósito de presentar y promover ante la ciudadanía las candidaturas registradas.

 

Por lo anterior, la propaganda electoral que se difunde en radio y televisión durante la etapa de campaña debe destacar precisamente la candidatura que se promueve, su plataforma política o su propuesta, situación que no ocurre en el citado promocional, en el que la mayor parte del tiempo se escucha y se ve al dirigente nacional de Morena, Andrés Manuel López Obrador, refiriéndose a cuestiones que no aluden a la candidata registrada, misma que en el uso de esos tiempos debería ser promocionada ante la ciudadanía, resaltó el TEPJF.

 

Luego del análisis del promocional impugnado, el pleno advirtió el incumplimiento de los parámetros de legalidad exigidos para la etapa de campaña, por lo que ordenó a la autoridad electoral el cese inmediato de su difusión, a fin de evitar una simulación que vulnere los principios democráticos de la contienda, así como el derecho de la ciudadanía a informarse de las opciones políticas para ejercer su voto.

Por LSR

About El Látigo Digital 28848 Articles
El Látigo Digital somos periodismo profesional

Be the first to comment

Leave a Reply

Your email address will not be published.


*