Realiza IEE asignación de financiamiento público a partidos políticos

Realiza IEE asignación de financiamiento público a partidos políticos
Realiza IEE asignación de financiamiento público a partidos políticos

Los partidos políticos con registro nacional y local contarán
con recursos para actividades ordinarias y específicas.

En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes
(IEE) aprobó el acuerdo mediante el cual se distribuyen los recursos con los que contarán
los partidos políticos para su gasto ordinario y actividades específicas durante 2026, como
parte del financiamiento público al que acceden cada año. De igual forma, se estableció el
monto que deberán destinar para capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo
político de las mujeres, así como los límites para las aportaciones de financiamiento
privado.
El artículo 33 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes establece que la bolsa de
financiamiento público anual de los partidos políticos se calcula multiplicando el 65% del
valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, por el número total de
la ciudadanía inscrita en el padrón electoral del estado, con corte al mes de julio del año
anterior; de tal manera que, para este 2026, mediante el acuerdo CG-A-61/25 aprobado el
29 de agosto de 2025, el Consejo General estableció un monto a distribuir de
$85,522,231.81, del cual $83,031,293.02 corresponde a las actividades ordinarias y
$2,490,938.79 para actividades específicas.
Las actividades ordinarias comprenden aspectos relacionados con la estructura, sueldo y
salarios de las personas que integran la organización de los partidos políticos; por su parte,
las actividades específicas son aquellas de tipo académico, entre las que se encuentran
cursos, talleres, capacitaciones, elaboración de productos editoriales e información que sea
de interés para personas militantes y simpatizantes.
La asignación de financiamiento para actividades ordinarias de cada partido se realiza a
partir de dos porciones:
1. El 40%, a distribuirse de forma igualitaria a los partidos políticos que hayan
alcanzado al menos el 3% del total de la votación válida emitida en la elección de
gubernatura, diputaciones locales o ayuntamientos, en el proceso electoral local
anterior.
2. El 60%, a entregarse, de manera proporcional, a cada partido político con derecho a
financiamiento, conforme al porcentaje de votación obtenida en la elección de
diputaciones locales inmediata anterior.

Mientras que, para las actividades específicas, el cálculo es de la siguiente forma:
 30% a repartirse de forma igualitaria entre los partidos políticos.
 70% proporcional al porcentaje de votación obtenida en la elección de
diputaciones locales inmediata anterior (2023-2024).

En lo que respecta a los partidos políticos con registro local, mismos que obtuvieron su
acreditación de manera posterior a la última elección, recibirán el 2% del monto de
financiamiento total que corresponda a los partidos políticos para el sostenimiento de sus
actividades ordinarias permanentes, a excepción del PRD Aguascalientes, al cual no se le
considera como partido de nueva creación, derivado de la participación del otrora partido
político nacional PRD durante el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024 en
Aguascalientes.
Con base en dichas consideraciones, la asignación de recursos para cada partido político se
expresa de la siguiente manera:

Además, según lo establecido por el artículo 33 del Código Electoral del Estado de
Aguascalientes, en su último párrafo, los partidos políticos deberán destinar anualmente
por lo menos el 3% del financiamiento de las actividades ordinarias a la capacitación,
promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres, resultando los siguientes
montos:

Del mismo modo, los partidos políticos pueden recibir recursos de carácter privado, a través
de aportaciones de su militancia, personas simpatizantes, autofinanciamiento,
rendimientos financieros, fondos y fideicomisos; sin embargo, los montos no deberán ser
superiores al financiamiento público, por lo que el Consejo General aprobó los siguientes
límites:

 

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