El principio esencial de la Universidad Autónoma de Aguascalientes ha sido el de máxima transparencia y rendición de cuentas a la sociedad, conforme las orientaciones y valores fundamentales que corresponden a toda Institución Pública.
De igual forma, la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos establece, en su artículo 6, como Derecho Humano y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública que establecen el acceso a la información, que comprende el libre acceso a la información plural y oportuna, así como a buscar, recibir, difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
En este contexto, la información que deriva del proceso de las Mesas de Negociación para la Revisión Salarial entre la UAA y el STUAA y la UAA y la ACIUAA, es de interés de todos los trabajadores de la Universidad Autónoma de Aguascalientes, por lo cual tiene un carácter esencialmente público y debe de desarrollarse conforme los principios constitucionales e institucionales previamente señalados.
La sociedad de Aguascalientes y en forma muy particular la comunidad universitaria, tiene un derecho constitucional, esencial y fundamental, a recibir información plural y oportuna del proceso de negociación salarial.
Es importante recordar que la pandemia por la COVID-19 determinó un largo periodo de actividades en línea, sin actividades presenciales generalizadas, lo que constituye un enorme reto frente a las necesarias interrelaciones de los integrantes de la comunidad universitaria, que establezca condiciones adecuadas para que toda y todos los universitarios, de manera libre e informada, puedan participar en el proceso de negociación salarial. Adicionalmente, el uso intensivo de las tecnologías de la información y la comunicación han demostrado claramente sus ventajas para determinar condiciones de máxima información y transparencia en el quehacer universitario, estableciendo condiciones de accesibilidad a la información generada por los entes públicos.
Por lo cual como trabajadores universitarios y ciudadanos solicitamos:
Establecer las condiciones técnicas, mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, ampliamente desarrollada en la UAA, a efecto de que las diversas mesas de negociación salarial entre la Universidad Autónoma de Aguascalientes y el Sindicato de Trabajadores de la Universidad Autónoma de Aguascalientes y las que se celebren entre la Universidad Autónoma de Aguascalientes y la Asociación de Catedráticos e Investigadores de la Universidad Autónoma de Aguascalientes, se transmita en vivo y en directo mediante las páginas oficiales de Facebook de los sujetos obligados y pueda ser seguido por la totalidad de los trabajadores universitarios con la finalidad de dar cumplimiento al artículo 12 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública: “Toda la información pública generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y será accesible a cualquier persona, para lo que se deberán habilitar todos los medios, acciones y esfuerzos disponibles en los términos y condiciones que establezca”. De igual forma dichas transmisiones se conservan para consulta más amplia y la difusión entre los Universitarios.
El contenido de las mesas de negociación salarial es de máximo interés de la comunidad universitaria y bajo este principio es un derecho constitucional e institucional de todos los universitarios. Las y los universitarios requieren ejercer debidamente su derecho humano al acceso libre a la información plural y oportuna.
En consonancia con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública debe ser Accesibles: Los datos están disponibles para la gama más amplia de usuarios, para cualquier propósito; y No discriminatorios: Los datos están disponibles para cualquier persona, sin necesidad de registro; Oportunos: Son actualizados, periódicamente, conforme se generen; y Permanentes: Se conservan en el tiempo, para lo cual, las versiones históricas relevantes para uso público se mantendrán disponibles con identificadores adecuados al efecto;
Por lo expresado, solicitamos atenta y respetuosamente atender nuestra solicitud y atender los principios de máxima transparencia, y rendición de cuentas que rige tanto a la Universidad Autónoma de Aguascalientes, al Sindicato de Trabajadores de la Universidad Autónoma de Aguascalientes, y a la Asociación de Catedráticos e Investigadores de la Universidad Autónoma de Aguascalientes, los cuales debe garantizar el derecho humano al libre acceso a la información, plural y oportuna de todas y todos los universitarios.
**TRABAJADORES UNIVERSITARIOS**
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