Aprueba IEE financiamiento público para partidos políticos y candidaturas independientes

Aprueba IEE financiamiento público para partidos políticos y candidaturas independientes
Aprueba IEE financiamiento público para partidos políticos y candidaturas independientes

 

Se distribuirán $98,562,778 pesos para actividades ordinarias,
gastos de campaña y actividades específicas.

Durante la sesión extraordinaria de este viernes, el Consejo General del Instituto Estatal
Electoral de Aguascalientes (IEE) avaló el proyecto de acuerdo relativo a la distribución del
financiamiento público estatal de los partidos políticos para gastos ordinarios, de campaña
y actividades específicas, así como para las personas que logren concretar el proceso para
una candidatura independiente en el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024.
La bolsa general para la determinación del financiamiento público a repartir entre los
partidos políticos y candidaturas independientes es resultado de la multiplicación del 65%
del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, por el número
total de la ciudadanía inscrita en el padrón electoral de la entidad, con corte al mes de
julio del año anterior, según lo dispuesto en el artículo 33 del Código Electoral del Estado
de Aguascalientes.
Derivado de lo anterior, se definió la cantidad de $98,562,778 pesos como monto total de
financiamiento público estatal a distribuir a partidos políticos y candidaturas
independientes durante el año 2024 para actividades ordinarias permanentes, gastos de
campaña y actividades específicas.
El financiamiento público se destinará a los partidos políticos que hayan obtenido por lo
menos el 3% de la votación válida emitida en la elección de Gubernatura, Diputaciones
Locales o Ayuntamientos, por lo que la referencia para la asignación de los recursos será el
proceso electoral 2021-2022.
ACTIVIDADES ORDINARIAS
Entre las actividades ordinarias de los partidos políticos se encuentran: la promoción de la
participación ciudadana, la difusión de la cultura política, procesos internos de selección
de candidaturas, sueldos y salarios del personal, arrendamiento de inmuebles, pago de
servicios de carácter institucional, entre otras.
La asignación de recursos para actividades ordinarias se realizará con base a dos criterios:

– El 40% de la bolsa general de financiamiento se repartirá de forma igualitaria entre
los partidos políticos que hayan obtenido al menos el 3% de la votación válida
emitida en el estado en el proceso electoral inmediato anterior.
– El 60% restante se asignará de forma proporcional a la votación válida emitida de
cada partido político en la última elección de Diputaciones Locales (proceso
electoral 2020-2021).
GASTOS DE CAMPAÑA
Para el rubro de gastos de campaña para las elecciones de Diputaciones Locales y
Ayuntamientos, cada partido político recibirá un monto equivalente al 30% de su
financiamiento para actividades ordinarias.
Entre los conceptos contenidos en este apartado se encuentran: gastos de propaganda en
bardas, mantas, volantes, eventos políticos, arrendamiento de bienes muebles e
inmuebles, salarios de personal eventual, viáticos, propaganda en medios impresos y
producción de mensajes para radio y televisión, entre otros.
En caso de completarse el registro de candidaturas independientes, estas tendrán derecho
a recibir financiamiento para gastos de campaña, equivalente al que se asignaría a un
partido político de nueva creación, destinando para tal fin la cantidad de $438,706.73
pesos, a repartirse de forma igualitaria entre la cantidad de candidaturas independientes
que cumplan el proceso de registro.
ACTIVIDADES ESPECÍFICAS
Las actividades específicas de los partidos políticos son la educación, capacitación política,
promoción de los valores cívicos, investigaciones socioeconómicas y políticas, elaboración,
publicación y difusión de información de interés del partido, entre otras, correspondiendo
al 3% de la bolsa general del financiamiento de actividades ordinarias, distribuyéndose de
la siguiente manera:
– 30% a repartirse de forma igualitaria entre los partidos políticos.
– 70% proporcional al porcentaje de votación obtenida en la elección de
Diputaciones Locales inmediata anterior (2020-2021).
Aunado a esto, los partidos políticos deberán aplicar anualmente por lo menos el 3% del
financiamiento de las actividades ordinarias a la capacitación, promoción y desarrollo del

liderazgo político de las mujeres, según lo estipulado en el artículo 33, último párrafo del
Código Electoral del Estado de Aguascalientes.
De esta manera, la distribución del financiamiento público estatal para partidos políticos y
candidaturas independientes es la siguiente:

Cabe destacar que, además del financiamiento público, los partidos políticos podrán
recibir financiamiento privado, a través de aportaciones de militantes, simpatizantes,
autofinanciamiento, rendimientos financieros, fondos y fideicomisos; sin embargo, los
montos no deberán ser superiores al de carácter público, estableciéndose los siguientes
límites:

En otro punto del orden del día, se aprobó el proyecto de acuerdo mediante el cual se
determina el horario de labores y atención al público del IEE durante el Proceso Electoral
Concurrente 2023-2024, con el objetivo de facilitar el desarrollo de las actividades, siendo
de lunes a viernes, de las 09:00 a las 14:30 horas y de las 17:00 a las 19:00 horas, así como
los sábados, de 09:00 a 13:00 horas, el cual estará vigente del 1° de febrero del año en
curso hasta que se lleve a cabo la sesión del Consejo General para la asignación de
Diputaciones y Regidurías por el principio de representación proporcional.
De igual manera, se dio contestación a la consulta realizada por la C. Sylvia Violeta Garfias
Cedillo, quien cuestionó a la autoridad electoral sobre los requisitos de elegibilidad y la
viabilidad de la separación del cargo que ocupa actualmente como titular del Secretariado
de Enlace Ciudadano del municipio de Aguascalientes para ser postulada como candidata
suplente a una Diputación Local por el principio de mayoría relativa.
En este sentido, se resolvió que los requisitos de elegibilidad son aplicables para
candidaturas propietarias y suplentes, pero sin que ella, en el caso concreto, deba
separarse del cargo, al tratarse de la titularidad del órgano auxiliar del Consejo de la
Ciudad, sin que este sea equiparable a una Secretaría Municipal.
Asimismo, se validó la renuncia del C. Juan Reynaldo Macías Ramírez, quien había sido
designado como titular de la Secretaría Técnica del Consejo Distrital Electoral 5; en su
lugar fue designado el C. Javier Martínez Vázquez, quien tomó protesta durante la sesión.
Aunado a esto, de la lista de reserva se designó al C. Adrián Salvador Lujano Gutiérrez,
quien asumirá el cargo vacante como Consejero Electoral.
En otro tema, se avaló el proyecto de resolución mediante el cual se aprueba el informe
final presentado por el interventor, C. César Isaac Castañeda de la Rosa, designado en el
procedimiento de liquidación del partido político “Nueva Alianza Aguascalientes”, en
cumplimiento al artículo 188 de los Lineamientos para el control y vigilancia del origen,
uso y destino de los recursos de los partidos políticos y de las asociaciones políticas del
estado de Aguascalientes.

Finalmente, se rindió el informe de la Consejera Presidenta del IEE, en cumplimiento al
artículo 76, fracción XVIII, del Código Electoral del Estado, en el que se anticipa la
suscripción de un convenio de colaboración con la Asociación Mexicana de Consejeras
Estatales Electorales (AMCEE) para establecer las bases para la incorporación del IEE al
Programa Operativo de la Red de Candidatas y la Red de Mujeres Electas.

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