SEDUM actúa con frivolidad, parcialidad y sin acato legal.

SEDUM actúa con frivolidad, parcialidad y sin acato legal.
SEDUM actúa con frivolidad, parcialidad y sin acato legal.

 

Por Osharu.

De antemano exhibiremos una vez más, la serie de acciones fuera de los ordenamientos establecidos en el Código Municipal de Aguascalientes, es decir, en la SEDUM entre otros, se tiene por observado la falta de control y/o supervisión estricta y normativa del quehacer mismo, según las facultades concedidas, en el Artículo 112, es decir, es por demás decirlo, en las avenidas, calles y otros sitios se observan desajustes solapados y complacientes por la autoridad municipal, o sea, por mencionar lo aquí evidenciado con fotografías, se demuestra la colocación de escombros en arterias con fluidez vial, sin que siquiera sean amonestados los responsables, aquellos a los que $encillamente les concedieron los permisos para realización de obras como las correspondientes a ductos de gas natural, entre otros, sin embargo, en cuestión de enfoques ciudadanos, además de la molestia que éstas les provocan, también se pone de manifiesto el riesgo que implica esos estorbos, demoras sin finalización de construcción como es el caso, de tantos y cuantos sitios, donde se pudiera provocar como ha sucedido, accidentes automovilistas con tragedias humanas o de plano peatonales, a causa de los mismos, o incluso, por la falta de señalamientos correspondientes, aunado a lo que ya se ha señalado, la tapada de drenajes, alcantarillados y demás infraestructura sin menoscabo.

Ni hablar, esa frivolidad de su actuación y la parcialidad de criterio demostrada en esa área del municipio capital, se salen irrefutablemente del acato legal, siendo motivo suficiente de análisis, para tratar de empatar lo sucedido contra lo no permitido, tal y como se observa en lo publicado, aunado a todos los demás elementos de referencia que se han tenido, mismos que se archivan sin actuar consecuentemente, dejando por completo de lado, el cumplimiento a las medidas competentes al desarrollo urbano del MuniAgs.

Lamentablemente como ya se dijo, la disparidad del criterio operativo de la Secretaría de Desarrollo Urbano perteneciente en el gabinete del municipio capital, es pues un asunto necesario de revisar, dado que, en pequeñeces o temas mínimos particulares de ciudadanos, se les niegan las autorizaciones, les generan vueltas innecesarias para obtener simplemente una negativa, así las cosas, se aprieta las necesidades de la población, mientras que los grandes consorcios o firmas empresariales, son en definitiva, el foco de interés de la autoridad municipal, a pesar de que violenten los ordenamientos y causen enfado ciudadano, en el mejor de los casos.

Por último, retomando aspectos de interés colectivo en la materia y de acuerdo a los apartados del Plan Municipal de Desarrollo, es necesario dimensionar los avances y/o retrocesos en materia de la consabida Ciudad Ordenada, inclusive, se hace exigible profundizar en el afamado PbR, aclarando, no es ningún producto, si no, es el Presupuesto basado en Resultados, con miras a localizar e identificar sus aplicaciones certeras de destino final de los recursos públicos emanados del erario municipal fundamentalmente.

 

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