La presidenta Claudia Sheinbaum mencionó el artículo 61 dice que la Ley de Amparo en respuesta a la orden de una jueza de bajar del DOF la reforma judicial.
La jueza de distrito que ordenó bajar la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) sobre al reforma judicial, “se extralimitó”, señaló este sábado la presidenta Claudia Sheinbaum.
La mandataria federal apuntó que la jueza presentó un amparo para obligar al Ejecutivo a bajar del DOF la publicación que acredita la reforma judicial; sin embargo, al consultar la Ley de Amparo, señaló desde un mitin en Campeche lo siguiente:
“Recientemente una jueza quiere que quintemos del Diario Oficial de la Federación (…) la reforma (judicial) constitucional por un amparo, y hoy en la mañana estaba leyendo la Ley de Amparo, y en el artículo 61 dice que la Ley de Amparo claramente no puede incidir cuando hay reformas constitucionales“.
Y agregó:
“O sea, la jueza se está extralimitando”.
Aseguró que el 1 de julio de 2025 la ciudadanía mexicana elegirá mediante voto popular a jueces, magistrados y ministros.
La Ley de Amparo es improcedente en casos particulares. Esto estipula en las primeras cinco consideraciones:
Artículo 61. El juicio de amparo es improcedente:
I. Contra adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
II. Contra actos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;
III. Contra actos del Consejo de la Judicatura Federal;
IV. Contra resoluciones dictadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
V. Contra actos del Congreso de la Unión, su Comisión Permanente o cualquiera de sus cámaras en procedimiento de colaboración con los otros poderes que objeten o no ratifiquen nombramientos o designaciones para ocupar cargos, empleos o comisiones en entidades o dependencias de la Administración Pública Federal, centralizada o descentralizada, órganos dotados de autonomía constitucional.
Con Información de AN
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