Tanto peca el que mata la vaca…..así pasa en el MuniAgs.

Tanto peca el que mata la vaca…..así pasa en el MuniAgs.
Tanto peca el que mata la vaca…..así pasa en el MuniAgs.

Por Osharu.

Irremediablemente, haciendo un recorrido ordinario por las diferentes calles que conforman el territorio correspondiente al MuniAgs, se resaltan una serie de contraposiciones legales a los ordenamientos en la materia, es decir, en el caso concreto, principalmente al Código Municipal de Aguascalientes, donde estipula entre tanto, “APARTADO DÉCIMO TERCERO De la Secretaría de Desarrollo Urbano ARTÍCULO 112.- Corresponde a la Secretaría de Desarrollo Urbano:

V. Administrar el control urbano con el otorgamiento de las siguientes autorizaciones:

g) Realización de obras, instalaciones y reparaciones en la vía pública;

IX.- Supervisar obras de urbanización, edificación y construcciones en general;

X.- Cerciorarse y aplicar la normatividad para el uso que se está dando a un predio, edificio o construcción y que éste se apegue a las características previamente registradas.

XIV. Ordenar y ejecutar las demoliciones en inmuebles en los casos previstos en este Código.” aunado a las facultades concedidas en el Código Urbano, por consiguiente, es motivo suficiente para revisar, analizar y poner en tela de juicio el proceder de las instancias como la referida de la Secretaría de Desarrollo Urbano Municipal, dado que, si tomamos en cuenta ahora estos ejemplos mostrados con fotografías, veremos una invasión a todas luces de la vía pública, bajo la complacencia y autorización de los responsables titulares de esa área tan señalada, por ello, derivamos el título de ésta nota “tanto peca el que mata la vaca….como el que le agarra la pata” o sea, a pesar de que se hayan concedido irregularmente esos permisos en el tiempo que haya sido, la responsabilidad de la autoridad municipal es única y se obliga a cumplir con las normas y no, con los privilegios concedidos fuera de orden a intereses particulares, como se demuestra en ambos casos, en el absoluto cobijo de la impunidad, sin lugar a dudas, se les otorga a los empresarios apropiarse de “vía pública”, siendo así, necesario re considerar de ser real la supuesta aprobación en el consabido Comité además del H. Cabildo para tal efecto, a pesar de que no se tenga la debida y amplia justificación del hecho, en virtud de que, no es de interés colectivo para la propia ciudadanía ¿o sí?.

En ese sentido, en el caso donde no se tenga amparado ni solventado la toma de convenencieras decisiones, es más, aún y teniéndose, en principio de cuentas, se obligaría a cumplir con los lineamientos establecidos en ese rubro del desarrollo urbano, dejando de manifiesto, el aspecto donde se corrobore ciertamente la legalidad ante todo, más allá de los sospechosismos que esas cosas generan, en la óptica del ciudadano, a ese, que se le traban y niegan las autorizaciones para realizar alguna acción de obra, por mínima que sea, digo, eso es algo de lo que comparten a éste medio, en sus tantas malas experiencias sufridas, deduciéndose el criterio tan parcial y benevolente que se aplica hacia unos cuantos en el desempeño de las instancias de gobierno en el municipio capital, como la antes referida; recordando incluso la frase popular expresada al medio “con dinero baila el perro….si no, uno baila como perro” así las cosas, la molestia es muy marcada demandándose y exigiéndose razonamientos válidos, serios y convincentes para descifrar lo ocurrido sin evasivas estériles.

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