La venta de comida chatarra en escuelas de educación básica

La venta de comida chatarra en escuelas de educación básica
La venta de comida chatarra en escuelas de educación básica

 

La Comisión para la Protección contra los Riesgos Sanitarios (Coprisea), realiza de manera permanente acciones de vigilancia y control sanitario en tiendas escolares, a fin de constatar que no se ponga en venta productos considerados como chatarra (frituras, refrescos, jugos procesados), que contienen grasas y azúcares saturados, los cuales pueden llegar a ser causa de padecimientos como obesidad y sobrepeso en los infantes.

 

Así lo señaló el titular de Coprisea, Octavio Jiménez Macías, quien aseguró que con estas acciones se busca reducir los riesgos de salud asociados al consumo de alimentos potencialmente peligrosos para los menores, los cuales son preparados dentro de las propias cooperativas o tiendas escolares.

 

Indicó que actualmente se cuenta con un registro de mil 357 tiendas escolares en planteles de educación básica, las cuales son constantemente supervisadas durante la implementación de operativos especiales en el transcurso del año.

 

Jiménez Macías, dijo que en este año han visitado 40 tiendas escolares, asegurando producto en tres de ellas, principalmente frituras en bolsa de plástico, jugos y refrescos varios.

 

Por otra parte, mencionó que se realizan 30 cursos en materia de “Prácticas de Higiene para el Proceso de Alimentos”, dirigidas a la población en general, con un cupo aproximado de 80 hasta 90 personas, a fin de que conozcan la Guía de Orientación Alimentaria, recientemente aprobada por el Comité Estatal de Nutrición.

 

Además, dijo que quienes cuenten con un permiso de venta en estos espacios, deberán tomar un curso especial sobre nutrición y temas relacionados con la alimentación infantil.

 

Finalmente, puso a disposición de la población el domicilio oficial de Coprisea, que se encuentra en calle Galeana Sur número 465, en la zona centro, o bien a los teléfonos 688 4152 y 392 4441, pues de no atender las especificaciones de higiene y sanidad, serán acreedores a sanciones basadas en el artículo 418 de la Ley General de Salud, que van desde un apercibimiento, multa, clausura o arresto hasta por 36 horas.

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