¿NUESTRO ESTADO DE DERECHO?… CUAL?

Solo por hoy he decidido no nombrar un monologo a esta publicación, esto es porque en mi opinión lo que diré no debe ser solo eso, al representar en su contenido, alcance legal, político y social mucho más que una simple y llana percepción personal, es por ello que comenzare por decir lo siguiente:

El día 22 de noviembre aproximadamente a las 13 horas con 15 minutos, en la proximidad de la escuela “ Temachtiani”, sucedió como hecho la agresión a golpes  e intento de linchamiento por parte de un puñado de personas, en contra de un maestro de dicha institución de nombre ”Ricardo”, al que, con el débil argumento se le acusa de haber abusado sexualmente de una de sus alumnas, hecho que por supuesto a primera vista es reprobable en cualquiera de sus situaciones, sin embargo lo que no se ve es lo más delicado como regularmente sucede, es decir, que sin mediar sustento para tal acusación, estas personas pretendían hacer justicia por su propia mano y literalmente asesinar a una persona a la que no se le ha demostrado de inicio su supuesta participación en los “hechos”, por el que se le denuncio ante la Fiscalía General del Estado.

Como su Abogado defensor, me encuentro impedido el dar a conocer los pormenores de la investigación que está en curso, que por obvia situación no me es posible revelarla, más Delo que si me es factible, es el mencionar lo que dentro de dichos hechos sucedió, con ello evidenciar las deficiencias y omisiones de las que mi cliente ha sido objeto, para ello me voy a permitir señalar varias de las cosas que considero fueron fallas por parte de las autoridades, no sé si premeditadas o por ignorancia .

Primero, es importante hacer notar que antes de los hechos que aquí se mencionan, ya se encontraban tanto los medios de comunicación, como los elementos de la Secretaria de Seguridad Pública,  eso lo sé porque precisamente dentro de los medios (BI Noticias), se dijo que con anticipación se recibió una llamada informando que se presentaría este hecho, aquí surge el inicio de los cuestionamientos, si ya se tenía la información ¿por qué no se le brindo la protección al mentor, como es obligación y responsabilidad de los cuerpos de seguridad en la prevención de los delitos?, resulta claro que en efecto que esta información ya se tenía pues, como se muestra en los videos que se encuentran publicados en la web, sólo pasaron 30 segundos antes de que a policía interviniera desde el momento de que el maestro recibiera el primer golpe, lo que no creo que exista tanta eficiencia dentro de la actuación policiaca, como dije, si ya se tenía conocimiento ¿por qué no se previno?, aquí surge el siguiente cuestionamiento, porque si se estaba presentando de manera flagrante un hecho delictivo y no me refiero al Maestro, sino a los agresores del mismo, es decir que estas personas que agredieron física y verbalmente a una persona en ese momento estaban perpetrado un acto que la legislación penal de nuestro estado sanciona como delito, ¿por qué entonces los cuerpos policiacos no se dieron a la tarea, como es su obligación de realizar la detención de los, en ese momento delincuentes?, es evidente que existió para esa actuación un concurso ideal de delitos como lo establece el artículo 30 fracción V del Código Nacional de Procedimientos Penales, y dichos delitos se encuentra establecidos por los artículos 104, 107,108,109,110,111, 112,139, 140 y 151 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, es decir que en ese momento se daba el delito de Lesiones Dolosas con Premeditación, Alevosía, Ventaja,  Traición y Brutal ferocidad, adicional a ello existió Robo, Amenazas y daño doloso en las cosas,  ante estos hechos por demás evidentes ¿a quién cree usted que se llevaron detenido?, en efecto aserto, al maestro, es decir que a la Victima se le trato como Victimario, independientemente de la situación originaria, la autoridad violento sus derechos humanos y con ello vulnero su derecho humano como lo es el Principio de Presunción de Inocencia, entre otros mucho que se mencionarán.

Es importante mencionar, que el artículo 17º de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que NADIE SE PUEDE HACER JUSTICIA POR SU PROPIA MANO, lo que en suma no se entiende del ¿porqué de la OMISIÓN de los cuerpos policiacos?, como siempre no quisiera pensar que es por falta de conocimiento o que fue porque no existe algún protocolo de actuación para este tipo de eventos, lo que, es más evidente es que no se actuó conforme a lo que la normatividad establece.

La segunda reflexión que viene a mi mente, es ¿Por qué llevar ESPOSADO A LA VICTIMA? y a los VICTIMARIOS sin esposar y hasta subirlos a la patrulla para trasladarlos a las instalaciones de la fiscalía a que continuarán sus manifestaciones, exigiendo lo justicia de lo que ellos suponen sucedió, pro que no han probado, es algo que analizo y analizo y no alcanzo a comprender, ¿SERÁ QUE HABÍA ALGUN INTERES ADICIONAL? en todo lo que de entrada se ve como ALGO ORQUESTADO, PREMEDITADO ante lo que sería la inminente salida de la Administración de Gobierno, como pretendiendo establecer una cortina de humo y con ello desviar la atención de lo que como sociedad realmente interesa, esta parte lamentablemente solo entra en la especulación, empero lo que si no es especulación, es la falta de actuación de la policía, que dicho sea de paso contrasta con lo que las autoridades han tratado por todos los medios hacer saber a la sociedad al decir “QUE CONTAMOS CON UNA POLICIA PREPARADA Y BIEN CAPACITADA, ANTE LA IMPLEMENTCIÓN DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL”, pues con la pena, déjeme decirle que no es así y para muestra un botón, aunque una rosa no hace primavera, lo que es lamentable, sobre todo grave, es que un ciudadanos se vea vulnerado en sus derechos fundamentales (derechos humanos que salvaguarda nuestra Constitución), más aun, tener la prueba indubitable de que su actuación deja mucho que desear, lo que representa como siempre un doble discurso de la autoridad, con ello la falta de cumplimiento en su responsabilidad y obligación de salvaguardar a los ciudadanos en su persona y patrimonio.

Ya hemos destacado la eficiencia de la policía, pues solo pasaron dije 30 segundos, pero si eso le causó extrañeza, déjeme comentarle de la actuación de las Autoridades Educativas, dígase del hasta entonces Director del IEA, si del eficiente Paco Chávez, quien en un acto que ya lo quisiera el héroe de comics y me refiero a Flash, digo por aquello de la rapidez con que acudió hasta la institución educativa para atender este asunto, pues solo hicieron falta 10 minutos para que se contará con su intervención y bueno tampoco podemos denostar la misma, cuando dice que “el maestro será separado de su puesto de manera inmediata” (sic); todo estaría bien, sino fuera por algunos detalles, uno es, que no se ha comprobado la presunta responsabilidad del maestro en la supuesta violación de la menor, lo que al igual que la autoridad policial lo están tratando como responsable del hecho que se le imputa de manera indebida, violentado con ello sus derechos humanos a saber cómo lo son: la presunción de inocencia, el derecho de audiencia, el del debido proceso, incluso el derecho a la intimidad y protección de datos personales, entre otros más; y usted se preguntará ¿este licenciado tendrá pruebas para afirmar esto?, pues déjeme decirle que sí, mismas que están siendo presentadas ante la autoridad competente en la correspondiente acción legal, en espera de a que su respuesta exista la reivindicación ante la sociedad de mi cliente, lo que nunca se le podrá restablecer es el daño causado a su persona tanto en su dignidad como en su parte moral, en honor a la verdad, es que hasta el momento no existe ningún pronunciamiento ante la violación de Derechos Humanos por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, lo que otra vez  deja mucho que desear, tampoco hay nada al respecto del Presidente de la Comisión de Educación del Congreso del Estado en concreto del flamante Diputado Jesús Morquecho, digo por aquello de que defiende y ve por los intereses del gremio educativo o incuso de la Comisión del mismo congreso en materia de derechos humanos, de las demás pues nada que esperar.

He hecho referencia al IEA, porque como lo sentencio el flamante a hoy ex director, en efecto el maestro fue separado de su cargo, pero el argumento no fue para protección de él, ¡NO! sino para protección de los educandos en su desarrollo físico y mental, lo que infiere que lo siguen tratando como primo delincuente, vaya autoridades que teníamos, solo espero que las actuales no se desempeñen de la misma forma porque de ser así imagínese lo que nos espera, si lo que esperamos es que en oportunidad se haga justicia y claro que se sancione conforme a la ley a quienes hayan actuado fuera de esta.

Sin duda como abogado, mi responsabilidad es que los derechos de mi cliente se vean salvaguardados, en consecuencia, todas mis acciones deberán estar acorde a ello, es por ello que en parte se hace público este asunto, toda vez que, existió en oportunidad no solo el intento de linchamiento, sino además el linchamiento de los medios de comunicación, pues lejos de cubrir la identidad de mi cliente, se dejó ver abiertamente su cara y con ello vulnerar su derecho a la privacidad, lo que causa inevitablemente un daño moral, a su imagen y persona, más aún en su actividad profesional como docente de educación primaria, que dicho sea de paso, es la primera ocasión que se ve envuelto en una situación como esta, que por supuesto es lamentable cuando nadie puede ser culpable hasta que quien acuse demuestre que lo es.

Finamente, considero que esta situación que de por sí ya es delicada, todavía tenga como corolario el deficiente desempeño en el ejercicio de sus funciones de las diferentes autoridades involucradas, ante las garrafales omisiones y algunas actuaciones erráticas que van en contra del gobernado, peor aún que vulneran de manera flagrante el estado de derecho que como ciudadanos se nos debe garantizar.

Por Arturo Mata

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